sábado, 23 de julio de 2011

 Asistencia Legal Galeras es una Sociedad por Acciones Simplificada, conformada por profesionales especializados con el fin de brindar a sus afiliados asesoría, asistencia, acompañamiento, capacitación, representación y actualización jurídica permanente, a nivel personal, familiar y empresarial bajo una visión constructora de bienestar social, cuyos valores son: Compromiso, Calidez, Eficiencia, Confianza, Responsabilidad.

CONTRATO DE AFILIACIÓN
Entre ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S, y el afiliado cuyos datos personales están anteriormente anotados y firmados por él, celebramos el siguiente contrato de prestación de servicios profesionales de asesoría, asistencia, acompañamiento, capacitación y actualización jurídica permanente en relación con la normatividad colombiana sobre tránsito y transporte vigente. El presente contrato se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. se obliga a prestar los servicios de representación, asesoría, acompañamiento, capacitación, y actualización jurídica relacionada con la normatividad de tránsito y transporte vigente en Colombia. ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. prestará los servicios de Representación pre- judicial, judicial y administrativa del afiliado frente a los riesgos derivados de la actividad de conducir un vehículo automotor tipo automóvil y camioneta de no más de 3000 kilogramos de peso, dentro del departamento de Nariño. Los beneficios de la presente afiliación comprenderán los hechos ocurridos a partir de la fecha de suscripción del presente contrato y en la siguiente forma:
1.               Representación al afiliado y su vehículo ante Organismos de Tránsito y Transporte en procesos administrativos de Imposición de Comparendos.
2.               Representación judicial en caso de accidentes de tránsito con Lesiones Personales u Homicidio Culposo en primera instancia. Representación judicial en caso de comisión de delitos relacionados con la actividad de la conducción de un vehículo cuya exclusión no haya sido expresamente realizada en el presente contrato.
3.               Representación judicial en caso de ocurrencia de accidentes de tránsito que no afecten la integridad personal de ningún ser humano, en primera instancia.
4.               Representación judicial en única y primera instancia ante las jurisdicciones civil y comercial por hechos constitutivos de responsabilidad civil contractual y extracontractual, derivados de la actividad de la conducción de un vehículo automotor.
5.               Asesoría y representación administrativa en derechos de petición, peticiones simples, acciones de tutela u otro tipo de acciones constitucionales en contra de organismos de tránsito y transporte y demás autoridades, así como contra particulares cuando proceda. De igual modo propondrá a instancias pertinentes, proyectos de ley que vayan en beneficio de nuestros afiliados.
6.               Prevención, capacitación, actualización en normatividad y riesgos del sector de tránsito y transporte, y otros afines, por intermedio de talleres, seminarios, simposios, entre otros, pensando y proyectando la realización de diplomados anuales para nuestros afiliados.
PARAGRAFO: La asistencia prestada por ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S., no comprende la realización de trámites de naturaleza administrativa, ante los organismos de Tránsito y Transporte u otra entidad similar.
La prestación del servicio se hará de acuerdo a los siguientes componentes:
1.               COMPONENTE PREVENTIVO. ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S., como filosofía societaria busca, ante todo, propender por la prevención de todo tipo de riesgos derivados de la actividad de conducción de un vehículo automotor. Bajo esta premisa, ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S., se obliga con sus afiliados a formularles propuestas preventivas desde el campo pedagógico, educativo e informal, implementando mecanismos de comunicación diversos y pertinentes sobre la correcta aplicación  de la normatividad de tránsito vigente, en los que los usuarios serán capacitados por profesionales en diversas áreas del conocimiento, comprometidos con el bienestar social.
2.               COMPONENTE EDUCATIVO. ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S., en atención a su función preventiva de riesgos derivados del ejercicio de la conducción, desarrollará una plataforma educativa con sus afiliados, capacitándolos y actualizándolos de manera continua, haciendo uso de herramientas diversas y pertinentes como: 1) Plataforma Digital  http://asistencialegaleras.blogspot.com  actualizada semanalmente.  2) Publicaciones trimestrales didácticas y consecutivas para los usuarios.  3) Realización de 2 seminarios anuales sobre actualización normativa relacionada con tránsito y transporte, así como de otros temas afines al campo automotor.
3.               COMPONENTE SOCIAL. ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S., tiene como una de sus metas societarias, lograr bienestar social por intermedio de sus servicios profesionales, encaminados hacia la construcción de una sociedad justa. Así, nuestros afiliados podrán contar, en el desarrollo de nuestras actividades, con múltiples beneficios en los campos derivados de la actividad de conducir un vehículo automotor, así como del bienestar del núcleo familiar del afiliado con actividades académicas y prácticas para el asociado como también para su núcleo familiar.
PARAGRAFO 1 La suscripción del presente contrato es voluntaria y en consecuencia no se constituye en póliza aseguradora, ni reemplaza para ningún efecto las pólizas obligatorias definidas bajo los decretos 170 al 175 de 2001 o similares,  dirigidas  al servicio público de transporte terrestre sea de carácter público o particular,  por lo tanto, ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S no puede ser llamada en garantía, en los diversos procesos, por cuanto en el presente contrato no se contempla ningún tipo de indemnización, para el afiliado ni para los terceros, implicados.
PARÀGRAFO 2.  ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. representará al vehículo del afiliado y a quien lo conduzca al momento del siniestro. Por lo tanto quedan excluidos los terceros  involucrados y los pasajeros que se encuentren en el vehículo. En caso  de conflicto entre quien se encuentre involucrado en el hecho objeto de representación, en calidad de conductor  y el propietario del vehículo, ASISTENCIA LEGAL GALERAS.S.A.S. Asumirá la representación de quien al momento del siniestro se constituya en el suscriptor del presente contrato.
PARÀGRAFO 3. ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. designará al profesional encargado de la prestación del servicio  de representación jurídica.
PARÀGRAFO 4. ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. no asumirá costas, agencias en derecho, ni indemnizaciones originadas en los procesos cuyos resultados fuesen desfavorables a los interés del afiliado o representado.
SEGUNDA. CUOTA TRIMESTRAL. A cambio de los servicios prestados y detallados en la cláusula anterior por ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S., el Afiliado se obliga a cancelar una cuota trimestral de $40.000.oo, mas (IVA), valores, que se cancelarán directamente en la oficina principal de la sociedad en la Calle 19 N° 26-72 Of. 222 Paseo Comercial Santana, San Juan de Pasto-Colombia, o a la persona designada por el representante legal de la Sociedad, para recaudar dichos dineros.
PARÀGRAFO. La cuota trimestral estará sujeta a un reajuste anual de acuerdo al IPC para el año causado. El pago deberá hacerse dentro de los cinco (5) primeros días del trimestre en cuestión.
TERCERA. CONDICIONES DEL SERVICIO.  ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. Se obliga a prestar sus servicios de asesoría, asistencia, acompañamiento, capacitación, representación y actualización jurídica bajo las siguientes condiciones:
1.               Información oportuna por parte del afiliado sobre la ocurrencia de cualquier eventualidad, derivada del ejercicio de la actividad de conducir un vehículo automotor. En los casos de imposiciones de multas y comparendos de tránsito, el afiliado deberá reportar a ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. INMEDIATAMENTE  la ocurrencia del hecho, o más tardar dentro de los dos (2) días siguientes, personalmente en la calle19 N° 26-72 Of. 222, Paseo Comercial Santana, San Juan de Pasto-Colombia; o mediante el telefax 7292457. Esto con el propósito de realizar: 1) Estudio detallado del caso y proyección de soluciones posibles 2) Presentación de descargos y seguimiento del proceso administrativo hasta su culminación si fuere el caso.
2.               En caso de ocurrencia de eventos derivados de la actividad de conducción con implicaciones penales producto de la ocurrencia de lesiones personales, homicidio culposo u otro, ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. se obliga a asistir a sus afiliados en los procesos judiciales pertinentes EN UNICA O PRIMERA INSTANCIA.
3.               En los procesos derivados de la actividad de tránsito y transporte en los que sea víctima el afiliado, ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. asumirá la representación judicial de los derechos del afiliado así como los de reparación integral del hecho, en ÙNICA O PRIMERA INSTANCIA.
4.               La prestación del servicio y su continuidad, se sujeta a la cancelación oportuna de las cuotas de afiliación correspondientes.
5.               La representación judicial en SEGUNDA INSTANCIA, se podrá realizar con los profesionales de ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. si, y sólo si el afiliado contrata a la sociedad para su defensa, obteniendo un descuento de hasta un cincuenta (50) por ciento en los honorarios del profesional del área, según el asunto a representar.
6.               Los servicios profesionales  de representación legal, se regirán íntegramente según lo estipulado en ley 1123 de 2007.
CUARTA. CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. Son causales para la cancelación unilateral del contrato por parte de ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S.
1.               El no pago oportuno de las cuotas de afiliación.
2.               La entrega de información falsa, maliciosa o malintencionada a ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S.  por parte del afiliado, incurriendo en engaño y abuso de la buena fe de la sociedad para su defensa.
3.               Desempeño del afiliado en cualquier actividad contraria al ordenamiento jurídico colombiano y perseguido por él como mandato de la nación. No se cubrirá vehículos cuyo origen se determine como ilícito, como hurto, extorción, narcotráfico, entre otros, ni tampoco se asumirá representación alguna cuando los mismos sean utilizados en actividades ilícitas de alto impacto como terrorismo u otros.
4.               Utilización de la imagen de ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. para actividades contrarias al ordenamiento jurídico colombiano y perseguido por él como mandato de la nación; o sin expreso consentimiento de la sociedad y su representante legal para actividades lícitas.
PARÁGRAFO
5.               Cuando el afiliado no atienda las instrucciones de los profesionales designados por ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. para su representación judicial, o cuando se niegue a prestar colaboración con  el personal  de ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. para la prestación del servicio contratado.
QUINTA. VIGENCIA. ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. y el afiliado  acuerdan que la vigencia del presente contrato es de TRES (3) MESES prorrogables inmediatamente y sin necesidad de nuevo contrato, sujetándose al pago continuo de las cuotas trimestrales.  Así mismo, el presente contrato podrá terminarse: 1) Por mutuo acuerdo 2) Por retiro del afiliado, quien podrá hacerlo al finalizar el contrato anual (renovable) o manifestando su intención  de no renovar el contrato por escrito dirigido a ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. con un (1) mes de anticipación a la renovación automática. 3) Por muerte del afiliado 4) Por otra causa de tipo legal como imposición de penas privativas de la libertad, entre otras que JUSTIFIQUEN de manera clara la decisión. Por decisión unilateral de ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. cuando se configuren las causas que así lo ameriten y previa notificación escrita al afiliado con un mes de antelación a la terminación del mismo.
SEXTA.  TRANSACCIÓN. ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. ofrece a sus afiliados la posibilidad de dirimir sus conflictos derivados de la actividad de conducir u otra afín, mediante la figura de la Transacción, que es un acuerdo amistoso y voluntario sin intermediación de autoridad alguna, en los que ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. fungirá como facilitador, asesorando a nuestros afiliados y contrapartes en la mejor manera de solucionar sus conflictos sin recurrir a instancia oficial alguna.
SÉPTIMA. BUZÓN DE SUGERENCIAS. Con el fin de mejorar los servicios de ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S., la sociedad dispone para sus afiliados la posibilidad de enviarnos sus comentarios, opiniones, críticas, ideas y sugerencias al correo buzonasistencialegalgaleras@gmail.com, o por intermedio de nuestra plataforma web asistencialegaleras.blogspot.com

Confiando siempre en la honestidad de las personas, y colocando nuestro profesionalismo y entrega para su servicio, ASISTENCIA LEGAL GALERAS S.A.S. y el AFILIADO que aparece descrito en la primera parte de este documento, firmamos el presente contrato, que rige por tres meses a partir de la fecha de su firma en los términos contemplados en el mismo.